martes, junio 24, 2025
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qué pasa si no voté antes



El próximo 29 de junio, los ciudadanos de Formosa deberán participar en las Elecciones Legislativas 2025, en las que se elegirán 15 diputados provinciales titulares -más 8 suplentes-, 30 convencionales constituyentes para la reforma de la Constitución provincial y concejales para los distintos municipios. Si no voté en elecciones anteriores, ¿puedo votar en esta instancia?

Este nuevo llamado a las urnas despierta dudas entre quienes no votaron en elecciones anteriores. Muchos se preguntan si esa omisión los inhabilita automáticamente para participar en los próximos comicios provinciales o nacionales.

Según la legislación vigente, no votar en elecciones anteriores no impide votar en las próximas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el voto es obligatorio en la Argentina para los ciudadanos de entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como en provinciales.

Por eso, quienes no hayan votado en comicios anteriores y no hayan justificado su ausencia pueden enfrentar sanciones, como multas o la imposibilidad de realizar trámites ante organismos públicos nacionales durante determinado tiempo.

La Ley Nacional 19.945, que rige el régimen electoral argentino, establece que el voto es obligatorio. En su artículo 125 indica que quienes no hayan votado y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Electoral deberán pagar una multa económica, además de quedar registrados como infractores.

Aunque Formosa cuenta con una legislación electoral propia, sigue los mismos principios generales. De hecho, tanto en el ámbito nacional como provincial, el Registro de Infractores es la base sobre la cual se aplican sanciones, no la exclusión del padrón.

En otras palabras, el hecho de no haber votado anteriormente no impide figurar en el padrón ni ejercer el derecho al sufragio en 2025. La persona sí deberá hacerse responsable por la infracción pasada si no la justificó dentro del plazo legal.

La Justicia Electoral suele habilitar un plazo de 60 días posteriores a la elección para justificar la ausencia. Transcurrido ese tiempo, la multa queda firme y puede abonarse por medios electrónicos o en efectivo en el Banco Nación.

Además de la multa, quienes no justifiquen su inasistencia no podrán realizar trámites administrativos durante 1 año ante organismos públicos nacionales, como la renovación del pasaporte o la gestión de subsidios y becas.

En la práctica, muchas personas no cumplen con el pago de la multa y continúan figurando en el Registro de Infractores, sin quedar excluidos del padrón. Sin embargo, esto puede generar complicaciones burocráticas a futuro si se acumulan infracciones no resueltas.

Para saber si una persona figura como infractora, se puede consultar el Registro de Infractores. Allí también se puede realizar el pago de la multa con tarjeta de débito o imprimir el cupón de pago.

Quienes no aparezcan en el padrón provisorio podrán hacer el reclamo correspondiente ante la Justicia Electoral en los plazos establecidos. No estar en el padrón no guarda relación con haber faltado en elecciones anteriores, sino con posibles errores en el registro.

Es importante verificar los datos personales cada vez que se publica el padrón provisorio. En general, hay tiempo para corregir errores antes de la publicación del padrón definitivo.



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