lunes, abril 28, 2025
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Mañana se reúne el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) -integrado por representantes de sindicatos, de entidades empresarias y del Poder Ejecutivo- para definir el valor del salario mínimo y de la prestación por desempleo.

Dada la mayoría Estado-Empleadores en el Consejo lo que se resuelva mañana podría ratificar o anticipar la política salarial oficial tras el acuerdo con el FMI que hasta ahora consiste en autorizar subas salariales inferiores al 1% mensual.

El último aumento del SMVM fue el de marzo acumulando en los primeros tres meses del año un incremento del 6,12% versus una inflación del 8,6%. Representó una pérdida del 2,2% frente a la inflación.

El SMVM pasó de $ 279.718 en diciembre 2024 a $ 296.832 en marzo 2025 o de $ 1.484 por hora, para los trabajadores jornalizados.

Esta caída del SMVM se suma a la que tuvo en 2024: en términos reales perdió el 17,7%, por encima de lo sucedido con los dos gobiernos anteriores.

En diciembre, el valor del SMVM era de $ 279,718 o $ 1.399 por hora para los trabajadores jornalizados y en diciembre 2023 era de $ 156.000. Punta a punta representa un incremento anual del 79,3% versus una inflación oficial del 117,8%.

EL SMVM perdió también en relación al incremento de la canasta de pobreza.

Por su parte, el Consejo del SMVM determina el valor de la Prestación por Desempleo que debe ser equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese laboral que provocó el desempleo. Pero “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100%».

Este techo anula en la práctica la equivalencia del 75% de la mejor remuneración de los últimos 6 meses anteriores al despido, más aun teniendo en cuenta el deterioro que viene sufriendo el SMVM.

El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales que comprende a casi el 40% de los asalariados.

Además, determina que los que se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM. Pero ese plus no se está aplicando porque los aumentos del SMVM vienen siendo inferiores a los de las jubilaciones y pensiones.

También impactaba en la exención del impuesto a las Ganancias para los trabajadores que ganaran menos de 15 SMVM y sobre el mayor ingreso neto imponible acumulado sobre el excedente de 15 SMVM. Pero esa norma fue derogada.

La ley de Contrato de Trabajo le asigna tres características al salario mínimo, vital y móvil. Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral. Debe asegurarle alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional. Y debe ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de vida.

La realidad marca que el actual SMVM no cumple ninguno de esos objetivos.

Según CIFRA (Centro de Investigación y Formación de la República Argentina) «el retroceso histórico del SMVM es tan grande que el valor real del salario mínimo ya es inferior al vigente durante la mayor parte de la década de 1990 y en la crisis final del régimen de convertibilidad, cuando esta política se había abandonado como herramienta para determinar pisos salariales e impulsar una menor desigualdad salarial”.



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